Un Administrado
25/11/2007
¿Quienes van ha a tener relaciones con la Administración?
Tienen derecho todos los ciudadanos a acceder a la administración y la posibilidad de compartir los programas; y que estos puedan acceder a la información a través de medios telemáticos, así como en aquellos procedimientos en los que puedan tener o tengan la condición de interesados.
Deben ser llevados a cabo garantizando la seguridad de los sistemas de datos y comunicaciones, así como de los servicios que se presten en soporte electrónico.
¡Universalización del derecho de acceso a la información!
Esto quiere decir que un administrado que no disponga de ordenador o conexión a Internet debe tener la misma facilidad para realizar trámites y procedimientos telemáticos que una persona que sí cuenta con este acceso.
Conseguir este objetivo implica establecer un derecho para el ciudadano, y una obligación para la Administración, que debe proveer al supuesto interesado, de los medios necesarios para realizar el trámite a través de Internet.
Para cubrir esta necesidad, el anteproyecto de Ley de Administración Electrónica obliga a la creación de oficinas de atención presencial en las que se facilite a las personas interesadas, de forma libre y gratuita, los instrumentos necesarios para garantizar su acceso a Internet y los portales habilitados para el intercambio, como puntos de acceso electrónico que posibilitarán que los interesados presenten solicitudes, recursos, ofertas en concursos de contratación pública y realicen pagos.
Para que este sistema funcione se establece un principio de cooperación entre administraciones, para utilizar los medios y comunicaciones electrónicos de tal forma que se garantice la interoperatividad de los sistemas para proporcionar una prestación conjunta de servicios.
A la Administración Pública le supondrá un ahorro de costes con motivo de las comunicaciones electrónicas.
Un ahorro aproximado de 231 euros anuales por ciudadano.